
BANCO DE TIEMPO
ASOCIACIÓN DEPORTIVA EL BORDÓN - PLASENCIA
- ESTATUTOS-
Artículo 1.- Finalidad, Domicilio y Ámbito territorial.
La finalidad del Banco de Tiempo es promover el intercambio de servicios entre los usuarios empadronados en Plasencia.
De esta manera se pretende fomentar, la dinámica social y las relaciones vecinales, en un contexto de mutua colaboración y respeto, facilitando la conciliación entre la vida laboral y familiar.
Artículo 2.- Unidad de intercambio.
La unidad de intercambio es la hora de servicio prestado, independientemente del servicio que se oferte o se demande.
Artículo 3.- Intercambio de servicios.
El intercambio de servicios consiste en acumular en la cuenta corriente de cada usuario un número determinado de horas a través de la prestación de diferentes servicios a los demás usuarios del Banco de Tiempo.
Esas horas acumuladas prestando un servicio determinado, podrán ser intercambiadas por el mismo número de horas de los servicios, que los usuarios del Banco de Tiempo oferten.
Artículo 4.- Usuarios.
Para acceder al Banco de Tiempo en calidad de usuario deberán acreditarse los siguientes requisitos:
- ser mayor de edad.
- Acreditarse el empadronamiento en la ciudad de Plasencia en el momento de la inscripción.
- Formalizar el ingreso en el Banco de Tiempo en la Secretaría de la Asociación Deportiva El Bordón de Plasencia, señalando asimismo el servicio o servicios que están dispuestos a prestar al resto de usuarios del Banco de Tiempo.
- Facilitar todos los datos del usuario necesarios para su identificación. Estos datos seguirán el protocolo de Protección de Datos legalmente establecido. Toda información recabada será confidencial y no estará permitida su difusión para otros fines que no sean los propios del Banco de Tiempo.
- Disponer de la capacitación profesional correspondiente para la prestación del servicio que vaya a intercambiar.
Todos los datos e información que cada usuario aporte al Banco de Tiempo tendrán el tratamiento de confidencialidad legalmente establecido. Asimismo, los datos que el Banco de Tiempo aporte a cada usuario con la finalidad de prestación del servicio tendrán única y exclusivamente esta finalidad, no pudiendo utilizarse en otros ámbitos diferentes a los inherentes al funcionamiento del Banco de Tiempo. A este respecto, se recabará de cada usuario el compromiso personal para respetar este aspecto.
Lo mencionado en el párrafo anterior se excusará en casos de fuerza mayor, estados de necesidad, gravedad o cuando la integridad física o psicológica de un usuario pueda verse perjudicada.
Cada usuario del Banco de Tiempo se compromete a respetar las normas aquí establecidas, así como a aceptar las consecuencias que la inobservancia de las mismas pueda ocasionar, que serán detalladas en el régimen disciplinario.
Cada usuario será responsable de su cuenta corriente y de los documentos que acrediten las horas acumuladas o prestadas al resto de usuarios, debiendo comunicar a la mayor brevedad a la Secretaría de la Asociación Deportiva El Bordón, la pérdida o sustracción del mismo.
De igual manera, los usuarios podrán darse de baja en el Banco de Tiempo voluntariamente comunicándolo igualmente.
Artículo 5.- Responsabilidades.
Cada usuario se hace responsable de prestar el servicio ofertado así como de la garantía y la calidad del mismo, de las condiciones higiénico-sanitarias, de seguridad y de responsabilidad profesional en la que lo efectúa.
La Asociación Deportiva El Bordón, permanecerá exclusivamente como contacto entre los usuarios, poniendo a disposición de los mismos, un servicio de mediación, para resolver cuantas controversias pudieran surgir en la prestación de los servicios.
La aceptación de estos Estatutos no exime a cualquier usuario de acudir a la vía judicial ordinaria si lo estimara oportuno o lo considerara necesario, quedando exenta la Asociación Deportiva El Bordón, de cualquier tipo de responsabilidad.
Artículo 6.- Régimen disciplinario.
En el caso de recepción de quejas graves o reiteradas recibidas por la Asociación Deportiva El Bordón de los usuarios receptores del servicio prestado, de la calidad de la prestación o de la responsabilidad al efectuarlo, la Asociación se reserva la posibilidad de excluir al usuario motivo de la queja de su participación en el programa de intercambio de servicios, procediendo a dar de baja al mismo.